La Asociación No Más Novatadas nace en octubre de 2011 cuando una serie de personas, mayoritariamente vinculadas al mundo de la educación, entran en contacto tras haber tomado conciencia del enorme problema que se esconde detrás de las novatadas universitarias y deciden abordarlo desde un colectivo.

No Más Novatadas no está vinculada a ninguna ideología política. No es una asociación de padres aunque en ella hay personas que son padres y madres. Cualquier persona puede formar parte de la Asociación como socio o simpatizante (visite Cómo colaborar). En esta Asociación tienen cabida todas las personas que, de acuerdo con sus objetivos, quieran posicionarse y/o militar con distintos grados de compromiso en contra de las novatadas. Asimismo, cualquier persona que lo solicite, puede recibir ayuda de la Asociación sin el requisito de ser socio o simpatizante.

Los socios fundadores de No Más Novatadas han venido constatando que no se cumplen las leyes en vigor ni unos parámetros éticos mínimos.

 

  • «Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes. (Declaración Universal de Derechos Humanos art. 5)»
  • «La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la Ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social. (Consitución española, art. 10)«
  • «(…) deberán presidir su actuación la honradez, la veracidad, el rigor, la justicia, la eficiencia, el respeto y la responsabilidad.(Estatuto del Universitario –Bolonia, 2010– art. 63.)«
  • «El que infligiera a otra persona un trato degradante, menoscabando gravemente su integridad moral, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años. Con la misma pena serán castigados los que, en el ámbito de cualquier relación laboral o funcionarial y prevaliéndose de su relación de superioridad, realicen contra otro de forma reiterada actos hostiles o humillantes que, sin llegar a constituir trato degradante, supongan grave acoso contra la víctima. Se impondrá también la misma pena al que de forma reiterada lleve a cabo actos hostiles o humillantes que, sin llegar a constituir trato degradante, tengan por objeto impedir el legítimo disfrute de la vivienda». (Código Penal, Título VII, artículo 173)«

 

Composición de la junta directiva

·Presidente: Loreto González- Dopeso López, psicóloga.
·Vicepresidente: Ángeles Santos Regueiro, psicóloga.
·Secretaria: Beatriz Bastarreche Suanzes, profesora.
·Tesorera: Milagros Agudo Vidal, economista.
·Vocal I: Pablo Guerrero Rodríguez, psicólogo, profesor universitario.
·Vocal II: Antonio Lage Fernández-Cervera, abogado.
·Vocal III: José Luis Aboal Viñas, consultor de organización.

Para saber más

«¿Hasta que muera un joven?».

«¿Les parece divertido?».

«Novatadas, ¿qué hacemos?».